Mecanismo integrado por un profesional de las ciencias económicas, representante del Instituto Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República, de la Secretaría Técnica del Gabinete Social y de la Dirección de Análisis Económico y Social del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) con designación de las máximas autoridades de su entidad.
Funciones y responsabilidades del Comité Técnico
- Realizar el cálculo del Índice de Pobreza Multidimensional a nivel de corregimiento, en el marco de lo establecido en la presente norma.
- Contribuir a que se garantice la continuidad en el diseño metodológico de las encuestas utilizadas para calcular los indicadores de pobreza multidimensional.
- Velar que las metodologías utilizadas para el cálculo de los indicadores de la pobreza multidimensional mantengan la pertinencia y la vigencia de sus variables.
- Evaluar las propuestas de modificaciones a la metodología y emitir criterio técnico en caso de ser necesario.
- Validar las estimaciones de los indicadores de pobreza multidimensionales, en cada una de sus modalidades.
- Preparar los informes que se presentarán ante el Gabinete Social para la toma de decisiones oportunas y con base a evidencias estadísticas.
Comité de Expertos en Pobreza Multidimensional
Espacio de diálogo especializado para el abordaje desde una perspectiva integral de las dimensiones de la pobreza multidimensional, que permita generar solidez y enriquecer información para la formulación de políticas, la medición multidimensional de la pobreza y la evaluación de las políticas para el desarrollo sostenible.
Conformado por los miembros del Comité Técnico de Pobreza Multidimensional, especialistas de organismos internacionales como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Fondo de las Naciones Unidas para la Niñez (UNICEF) y la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) y, por centros de investigación, investigadores académicos o expertos en temas pobreza que serán convocados a participar y designados por el Gabinete Social, a través del Ministerio de Desarrollo Social.
BASE LEGAL
– Decreto Ejecutivo No. 63 de 26 de junio de 2017, Decreto Ejecutivo No. 23 de 28 de mayo de 2019 y Decreto Ejecutivo No. 367 de 30 de septiembre de 2020.
– Decreto Ejecutivo No. 367 de 30 de septiembre de 2020.