El Decreto No.393 de 14 de septiembre de 2015 surge a raíz de la aprobación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en las Naciones Unidas, como un compromiso público internacional, que adopta los ODS como pauta para el desarrollo nacional.
Este marco normativo conforma la Comisión Interinstitucional y de la Sociedad Civil, adscrita al Gabinete Social, y establece una Dirección Superior integrada por el Gabinete Social, Concertación Nacional para el Desarrollo y la Secretaría de Metas Presidenciales (hoy, Secretaría de Seguimiento a la Ejecución y Cumplimiento). En el desempeño de sus funciones la Dirección Superior descansa en un Comité Técnico presidido por la Secretaría Técnica del Gabinete Social.
Funciones de la Comisión Interinstitucional y de la Sociedad Civil de los ODS
- Dirigir el proceso de alineación entre los ODS, el Plan Estratégico de Gobierno y las prioridades actualizadas de la Concertación Nacional para el Desarrollo.
- Establecer los criterios y metodologías que apoyen el proceso de actualización de las prioridades actualizadas de la Concertación Nacional para el Desarrollo.
- Dirigir el proceso de formulación de las propuestas de políticas públicas, planes, programas y recomendaciones de acción que coadyuven a que Panamá alcance progresivamente los ODS.
- Promover el establecimiento de alianzas público – privadas que articulen las políticas y acciones de diferentes sectores (gobierno nacional, administraciones territoriales, locales, sector privado, organizaciones de la sociedad civil, organismos internacionales, academia, organismos y otros) para la consecución de los ODS.
- Diseñar y ejecutar, conjuntamente con organismos internacionales, en especial, el Sistema de Naciones Unidas, un mecanismo de monitoreo y seguimiento de los ODS, y de sus metas e indicadores, de conformidad con el alineamiento indicado en el numeral 1 de este artículo, y definir una política de comunicación al respecto.
- Promover espacios de cooperación nacional o internacional para el intercambio de experiencias y conocimientos que ayuden a la consecución de los ODS.
- Las otras funciones que la Comisión defina para alcanzar el objetivo establecido en el artículo 5 del referido Decreto Ejecutivo.
BASE LEGAL
– Decreto Ejecutivo No. 393 de 14 de septiembre de 2015